Impuestoria

El IVA de los autónomos, explicado

Actualizado el 9 de octubre de 2026

Como autónomo, el IVA no es un gasto ni un ingreso: cobras IVA en tus facturas, pagas IVA en tus compras y cada trimestre ingresas en Hacienda la diferencia. Así funciona, con los tipos de 2026 y lo que hay de verdad sobre la exención de 85.000 €.

Los tipos de IVA en 2026

TipoPara qué
21 % generalLa regla: casi todos los servicios profesionales y productos.
10 % reducidoHostelería y restauración, transporte de viajeros, muchos alimentos, entre otros.
4 % superreducidoAlimentos básicos como pan, leche, huevos, frutas y verduras, aceite de oliva, libros, medicamentos, entre otros.

La rebaja temporal de algunos alimentos terminó el 1 de enero de 2025: desde entonces rigen otra vez los tipos de la tabla. Para hacer las cuentas, la calculadora de IVA.

Cómo funciona cada trimestre

  1. IVA repercutido: el que cobras en tus facturas.
  2. IVA soportado: el de tus facturas de gastos de la actividad.
  3. Si el repercutido es mayor, ingresas la diferencia con el modelo 303; si es menor, la compensas en los trimestres siguientes.
  4. En enero, el resumen anual: el modelo 390.

Ejemplo: facturas 3.000 € más IVA (630 €) y tus gastos llevan 210 € de IVA. Ingresas 420 €.

La exención de 85.000 €: lo que hay de verdad

Una directiva europea (2020/285) permite a cada país eximir del IVA a los pequeños negocios que facturen hasta 85.000 € al año. España no la ha incorporado: a 9 de octubre de 2026 no hay ninguna ley en el BOE que la aplique. Lo que se aprobó en el Congreso en marzo de 2026 es una proposición no de ley, que pide al Gobierno que lo haga pero no cambia tus obligaciones. Mientras no haya ley, sigues cobrando IVA y presentando el 303.

Lo que deja de ser problema con Impuestoria

Subes tus facturas y tickets y vemos qué IVA has cobrado, cuál puedes recuperar y cuánto te va a tocar pagar este trimestre, antes de que llegue el plazo.

Preguntas frecuentes

¿Los autónomos que facturan menos de 85.000 € ya no cobran IVA?

No, a 9 de octubre de 2026 no. Una directiva europea permite a cada país eximir del IVA a quien facture menos de 85.000 € al año, pero España no la ha incorporado a su ley. El Congreso aprobó en marzo de 2026 una proposición no de ley pidiéndolo, y eso no cambia nada hasta que se publique una ley en el BOE. Mientras tanto, se cobra IVA y se presenta el 303.

¿El IVA que cobro es mío?

No. Lo cobras a tus clientes en nombre de Hacienda y se lo ingresas cada trimestre, después de restar el IVA de tus compras de la actividad.

¿Qué autónomos no cobran IVA?

Los que hacen actividades exentas, como la asistencia sanitaria de profesionales médicos, la enseñanza reglada, los seguros o muchas operaciones financieras. Si tu actividad es exenta, tus facturas lo indican y no presentas el 303 por ella.

¿Qué es el recargo de equivalencia?

Un régimen obligatorio para comerciantes minoristas que son personas físicas: el proveedor les cobra un recargo además del IVA y ellos no presentan el 303 por esas ventas.

¿Puedo recuperar el IVA de un gasto?

Sí, si el gasto es de la actividad y tienes factura completa a tu nombre. El IVA de esa factura se resta del que has cobrado en el trimestre.

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